martes, 28 de septiembre de 2010

1-ANSES/2-NOTIVIDA/3-JOJOY/4-PRESENTACIÓN.

TÍTULOS:



1-EL ANSES, LOS JUBILADOS Y EL GOBIERNO.
Autor: Fernando Luis Aráoz.
Envío del autor
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2-NOTIVIDA, Año X, Nº 735, 27 de septiembre de 2010.
SE CUMPLEN VEINTE AÑOS DE UN IMPORTANTE RECONOCIMIENTO JURÍDICO DEL DERECHO A LA VIDA .
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3-MONO JOJOY.
Material enviado por Roberto Oliver.
a-Las computadoras del mono comprometerían a varios presidentes: inversiones, dinero para campañas, tráfico de drogas y armas, secuestros etc.…………………………….
4-PRESENTACIÓN ANTE JUEZ.
Fuentes:
Fuente: Perfil.com
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CONTENIDOS DE LOS TÍTULOS:


1-EL ANSES, LOS JUBILADOS Y EL GOBIERNO.
Autor: Fernando Luis Aráoz.
Envío del autor.
 Anteriormente, hace un tiempo atrás, di posibles soluciones (muy fáciles de aplicar de inmediato) para que los jubilados todos, puedan llegar a tener una jubilación digna, como corresponde.
            Dentro de ellas, decía entre otras cosas, que había que subir la edad jubilatoria, que podía ser 68 años, que la ley debía ser pareja para todos; no puede ser que unos se acojan a los 57 años,  a los 60 ó a los 65. Otros, también sin siquiera haber hecho un solo aporte en su vida. Dije, que al subir la edad, los que tienen edad de jubilarse actualmente, se puedan retirar anticipadamente con un porcentaje, de tal manera de no ser perjudicados y si se quieren acoger, que lo hagan sin tener que trabajar mas años.
            Dentro de las propuestas estaba una que es primordial y que le cabe al gobierno: De ninguna manera y por ningún motivo se puede tocar el dinero de los Jubilados. El dinero de la Anses corresponde exclusivamente a los Jubilados y por consiguiente no es canjeable por papeles que no tienen ningún valor de conversión inmediata. Todos sabemos que si esos papeles salen a la venta hoy, no valen nada, nadie pagaría nada.
            Ahora y al ver que nada se hace al respecto dejo escapar mas fastidio, mas bronca, al haber observado que existen jubilaciones totalmente inequitativas. No puede ser posible que una persona que trabajó durante toda su vida, aporto por sueldos altos en cargos gerenciales y al llegar el momento de jubilarse, se le entrega un poco mas que aquellos que aportaron normalmente ó no aportaron en su vida. 
           No puede ser que no exista una unidad de medida para que los beneficios sean equitativos. No puede ser que a un ex presidente reciente se le haya asignado mas de $24.000,- (mas el último aumento de septiembre 2010)
            No creo que las Jubilaciones se fijen a conciencia; no creo que se realice un estudio de los aportes de unos y otros, porque por lo ante dicho, se ve a las claras que es así.
            Porque no se hace un borrón y cuenta nueva y se eliminan jubilaciones de privilegio, Jubilaciones superiores a tal o cual monto, como la indicada anteriormente. Ese que cobra mas de $ 24.000,- no es un poco por demás exagerado..? Ese que cobra mas de $ 24.000,- no podría estar sumamente bien y conforme con $ 10.000,- y el resto distribuirlo como corresponde entre los que menos ganan..? 
            Señores, ya es hora de que desde el Anses, se haga una análisis a conciencia y se solucionen las cosas. (que no son ni mas ni menos de los haberes de los Jubilados que aportaron toda una vida y no reciben - la gran mayoría - lo que les corresponde por Ley).
           No podemos seguir escuchando a los estúpidos de siempre, diciendo que no se puede aumentar, que no alcanza, que no dan los números, etc. La vida da vueltas y las historias se repiten..!
           Porque las autoridades no hacen un borrón y cuenta nueva y asignan las jubilaciones por categorías y de acuerdo al cargo que cada uno tenía en su vida activa..? Es muy difícil..? ó será que no están capacitados ó es mucho pedir..?
           Se que es difícil ó imposible bajarle la Jubilación a aquel que ya la tiene asignada; pero si se la congelemos, no le sigamos aumentando, porque evidentemente si no hacemos esto, no habrá plata que alcance.
            Cuantos habrán que cobran mas de $ 10.000,- Es eso justo, cuando la mayoría se muere de hambre..? Por favor señores del gobierno, nos pongamos la mano en el corazón. Acaso Ustedes no tuvieron padres ó abuelos..? O será que nacieron de un huevo..?
           Por supuesto que no cualquiera puede hacer esta modificación. Hay que tener CORAJE para tomar una resolución así. Habrá coraje…………..?
           Dios ilumine a las autoridades para que se actúe rápido, con justicia y equitativamente como corresponde.
           Aprovecho para saludar a Usted con atenta consideración.-
   Fernando Luis Aráoz.
   DNI n° 4.391.809
   Salta
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2-NOTIVIDA, Año X, Nº 735, 27 de septiembre de 2010.
SE CUMPLEN VEINTE AÑOS DE UN IMPORTANTE RECONOCIMIENTO JURÍDICO DEL DERECHO A LA VIDA .
Ley 23.849 de aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
27/09/1990 – 27/09/2010 .
Si el derecho a la vida está reconocido por múltiples tratados internacionales, en el caso de los niños lo garantiza, de un modo particular, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
El 27 de septiembre de 1990, cuando la República Argentina ratificó la CDN (Ley 23.849) declaró expresamente que los derechos enunciados en la Convención alcanzan también a los niños por nacer.
Dice el art. 6º de la CDN: "1. Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida. 2. Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño". Poco antes, en su artículo 1 había establecido que "Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad"
Al sancionar la Ley 23.849 con la que aprobó la CDN, nuestro país formuló la siguiente reserva: "Con relación al art. 1º de la Convención sobre los Derechos del Niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad".
La CDN y su ley aprobatoria (Ley 23.849) gozan de rango constitucional desde 1994 y revisten supremacía sobre toda norma infraconstitucional que directa o indirectamente, expresa o tácitamente, se le oponga. El derecho a la vida es anterior a toda legislación positiva, pero siendo el niño por nacer un ser humano -inocente e indefenso- al que algunos pretenden infringir la suprema violencia, es razonable que el derecho acuda en su auxilio.
Recordemos entonces, con ocasión de este aniversario, que es inadmisible la aplicación del art. 86 del Código Penal y que toda ley que pretenda regular la práctica de este crimen abominable es flagrantemente inconstitucional.
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja
Página web: www.notivida.org
Email: notivida@hotmail.com
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3-MONO JOJOY.
Material enviado por Roberto Oliver.

a-Las computadoras del mono comprometerían a varios presidentes: inversiones, dinero para campañas, tráfico de drogas y armas, secuestros etc.
Un adelanto:
clic en:   
 www.youtube.com/watch?v=sBzhIZJe-UM

b-Video del ataque aéreo, proporcionado por la Fuerza Aérea de Colombia y reproducido por El Espectador: Clic en:   http://www.youtube.com/watch?v=8iX5FbeRKKs

c-Fotos de cómo quedó el campamento-Las fotos son muy crudas..No aptas para ver por niños ni por personas fácilmente impresionables.
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4-PRESENTACIÓN ANTE JUEZ.
Fuentes:
Fuente: Perfil.com    .




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