miércoles, 2 de diciembre de 2009

05-PROPONEMOS 2-




CONTINUANDO CON LO QUE PROPUSIMOS EN “04-PROPONEMOS 1”, VAMOS A REFERIRNOS A:

4-SEGURIDAD SOCIAL, PAZ INTERNA,-ORDEN INTERIOR-

Siempre teniendo en cuenta, como ya dijimos en nuestro anterior escrito, que todo debe empezar por la cultura y educación, las que deben acompañar todo el proceso.



Hay otros aspectos muy importantes, que los iremos exponiendo con el tiempo.

a-En cuanto a la seguridad interior, seguridad de las personas, deben ser asumidas como cuestiones prioritarias y urgentes; debemos desterrar al delito y abordar la prevención y represión delictiva en forma efectiva y aplicando la ley . Las leyes se hicieron para cumplirlas y hacerlas cumplir.

En esto hay que tener en cuenta que: "quien hace o dice lo que no debe , corre el riesgo de que le hagan o le digan lo que no le gusta" y quien "empuña un arma contra otro , corre el riesgo de que empuñen un arma contra él". Quien, roba, mata, secuestra, viola, etc, sabe de antemano que corre el riesgo de "ir preso”, de que lo maten , etc. Sabe a que se expone.

b-Las FFSS y FFPP, deben ser restauradas. Restaurándose también el sistema de procedimientos, en forma legal, en cuanto a la prevención, disuasión y represión de los delitos. Hay que elaborar y promulgar leyes que avalen integralmente la acción de prevención, disuasión y represión del delito por parte de las FFSS y FFPP.

Como también endurecer las penas, en especial en los delitos de:
--Homicidio simple y sus agravantes.
-- Secuestros de menores , mujeres ,ancianos y adultos ,especialmente los seguidos de : violación , mutilaciones , torturas , vejámenes , malos tratos y muerte.
--violaciones , en particular a menores de doce años.
-- Corrupción de menores y adultos.
-- La trata de blancas.
-- Narcotráfico y venta libre de drogas. Y consumidores de drogas( estos últimos deben ser internados en centros de rehabilitación de adictos).
-- Ocupación ilegal de la propiedad pública y/o privada.
-- Violación de domicilio privado o de instituciones (públicas y/o privadas).
-- Robos o asaltos a mano armada , en especial los seguidos de intento de homicidio o homicidio.
--Los asesinatos para robar o los asesinatos “por que sí”
-- Daño y/o destrucción de la propiedad privada particular o pública.
-- Daño y/o destrucción de servicios esenciales , públicos o privados.
-- Erotismo y pornografía , ofrecidas en venta, o exhibición, o en propagandas al alcance de menores de edad.
-- Vulneración de la privacidad e individualidad , buen nombre , fama , honra y honor de las personas e Instituciones.
-- Que inciten , o hagan apología de los delitos sexuales y del libertinaje sexual.
--Que inciten o estimulen a los niños y/o jóvenes , a "quemar etapas antes de tiempo".
-- Violencia y/o desórdenes y/o disturbios públicos.
-- Vulneración de la Seguridad pública de los ciudadanos , habitantes e Instituciones.
--Vulneración de la Defensa Nacional .

c-También hay que promulgar leyes para disuadir, prevenir y reprimir con severas penas, los delitos de y a quienes los cometan:
--Menosprecio , insultos, escupitajos, ataques , golpes , lesiones, muerte , etc, a miembros de las FFPP , FFSS.
--A quienes en protestas públicas o manifestaciones , porten armas blancas o de fuego, palos , garrotes , gomeras , distintos tipos de proyectiles de manos ,barras de metales ,etc, y/o actúen con cara cubierta .
--Delitos económicos, cometidos por funcionarios de los tres Poderes del Estado, y los cometidos por particulares o empresas contra el Estado.
--A quienes siembren, estimulen, induzcan e incentiven, el odio y la venganza entre argentinos, tanto por diferencias en el color de piel o por diferencias en el poder adquisitivo, o entre ”pobres y ricos” y entre sus instituciones; y toda apología del rencor y revancha. Además, a quienes hagan confundir al pueblo , entre lo que es "justicia " y lo que es "venganza".
--Profanación, ataque, pintarrajeadas, de Templos y ornamentos Sagrados, signos, símbolos y cementerios.
--Toda apología, exaltación, exhibición, etc , de la contranatura humana pública-Al respecto , aclaramos que no discriminamos a quienes poseen personalidad homosexual . Los consideramos con la misma dignidad humana que el resto de la población. Pero deben mantenerse en castidad y sin hacer pública, con hechos propios de esa inclinación, su homosexualidad .
Pero sí , condenamos a quienes hagan pública, con hechos, esa perversión antinatural y a quienes los avalen y promuevan. La homosexualidad pública es "pecado de escándalo" moral y social y no lo debemos permitir, porque además, puede corromper a otros.
--La prostitución pública y callejera. La prostitución ( a pesar de que no la compartimos), deberá ser limitada a prostíbulos en las periferias de las ciudades y pueblos, con rigurosos análisis de laboratorios, para evitar la proliferación de enfermedades de transmisión sexual .La prostitución pública y callejera, además de ser un escándalo, puede favorecer la proliferación de venéreas.
Con respecto a la homosexualidad y prostitución, agregamos que, además de ser fuente de contagio de venéreas, puede corromper a nuestra niñez y juventud, por otra parte:"no convirtamos a nuestra ciudad, provincia, en un bacanal”.
--Los cortes, bloqueos, daños o destrucciones, sobre las vías de tránsito, nacionales provinciales, vecinales y/o municipales.

d-También se deben legislar leyes sobre:
--Rescatar el principio de inocencia. Todos somos inocentes, hasta que se compruebe lo contrario. Por lo tanto, los particulares, los MCS y la justicia se abstendrán de sacar conclusiones públicas sobre los imputados, hasta que finalice el debido proceso.
--Derecho a huelga, a protestar, a manifestarse. En principio aclaramos que respetamos todos los derechos constitucionales. Pero se debe legislar todo lo relacionado para no cortar, cercenar y molestar a los derechos de los demás, y más los derechos de de la mayoría.
--Se reincorporará la figura del "desacato a la autoridad”.
--Disminución de la edad de imputabilidad (o baja de la misma), hasta los dieciséis años cumplidos. Y lo relacionado con los delitos cometidos por menores de hasta quince años, estos quedarán bajo la custodia de reformatorios y en casos muy justificados de la familia, hasta que cumplan la edad de imputabilidad, a partir de la cual deberán ser sometidos al debido proceso.
--Sobre delitos cometidos por menores, en los que también se penará a los padres, tutores o responsables (y docentes si el hecho se produce en la escuela o en la vereda de
la institución) , por no controlarlos , no educarlos y formarlos adecuadamente , por no guiarlos en la vida y por no saber imponerse como adultos.
-Sobre delitos cometidos contra menores. En estos casos, se penará también la responsabilidad de los padres ,tutores ,responsables (y docentes si el hecho se produce dentro de la escuela ) , que: por debilidad , por no saber imponerse , por comodidad o negligencia , permitan a los menores : asistir a espectáculos o actividades o eventos "non santos", transitar por lugares peligrosos donde puedan ocurrir delitos , o frecuentar amistades no recomendables.

--Se legislará sobre todo lo relacionado con la prevención, disuasión y represión del delito, para que no haya excesos y se tenga en cuenta la proporcionalidad de los medio.


Para defendernos.
--Para que los integrantes de un grupo familiar (individual u grupal), puedan emplear la defensa propia, la defensa de los miembros de la familia, amigos, vecinos y de sus bienes. Teniendo siempre en cuenta: las circunstancias, hechos, lugar y la proporcionalidad de los medios empleados. Para esto hay que promulgar una ley que permita al común de los ciudadanos adquirir armas para su defensa personal, la de su grupo familiar , grupo de parientes y amigos y vecinos y en caso de emergencia, emplear el arma.
--Y también, si las FFSS y FFPP, no son suficientes, se debe legislar para que los vecinos , por grupos y turnos, ejerzan la vigilancia y seguridad de la cuadra donde habitan .


Escribimos anteriormente que: no se debe hacer justicia por mano propia, pero la autodefensa, la defensa de la familia, la defensa del amigo y vecino, bienes personales y de cualquier persona en peligro inminente, es un derecho natural y una obligación moral. Ninguna ley debe prohibirlo. Ninguna ley debe prohibirnos defendernos, defender al familiar, amigo, vecino y/o ser humano en peligro inminente.

Con respecto a quienes matan para robar, matan “porque sí”, y narcotraficantes, creemos que correspondería la pena capital, si bien esta idea nos repugna, creemos que debe ser así, a pesar nuestro, porque hay que cuidar a la masa de la población.

En cuanto a , los distribuidores de drogas, vendedores de drogas, tratantes de blancas, violadores y proxenetas, estamos convencidos que les correspondería la prisión perpetua efectiva y sin disminución de la pena, ni por buen comportamiento ni por edad..




“Movimiento Acción Restauradora”

Se solicita y agradece difundir masivamente ( en CCO) , mencionando la fuente.

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