Para el Doctor GUSTAVO IGOUNET los Jueces que están juzgando a militares retirados incurren en abuso de autoridad, con la responsabilidad que esto implica
Según el reconocido Abogado, hay presos políticos en la Argentina en situación de privación ilegal de sus libertades, por un sistema claramente enfrentado a la Constitución .
Doctor GUSTAVO IGOUNET.
Nuestro invitado es Abogado especializado en Derecho Constitucional, y Profesional prestigiado en el medio porteño.
ENFOQUES POSITIVOS lo eligió para tratar un tema muy delicado, sobre el cual se viene hablando en los últimos tiempos en el país, y es el de los presos políticos, que afecta a una importante cantidad de ciudadanos argentinos que atravesarían por esa situación en nuestros días.
P: En primer lugar, y como medida esclarecedora elemental, le pedimos, Doctor, que nos defina la condición de preso político …
R: “Un preso político es en realidad, un sujeto al que el poder político de alguna forma, encubierta o no, le suprime sus derechos constitucionales, fingiendo tal vez que sí se los concede, cuando en realidad no se los concede. Eso pasa en los regímenes que tienen cierta legitimidad, como puede ser en la Argentina. Hay otros regímenes que son más dictatoriales, o más totalitarios, donde, directamente el preso político, queda a disposición de la Policía política, o de la Policía del Partido del que se trate, y desaparece del lugar que solía frecuentar, y hasta que no terminen los acontecimientos, no se lo repone. O sea que se lo priva de todos los derechos. Al preso político en democracia también se lo priva de todos los derechos, pero se hace toda una escenografía que da la impresión de que goza de esos derechos …”.
P: Es decir, un preso político, en las actuales circunstancias, y en nuestro país, sería alguien que aparentemente tendría todos los derechos, como usted lo dice, pero efectivamente no los tiene …
R: “Efectivamente. Por supuesto que el “leitmotiv” del encarcelamiento tiene que ser una razón de disidencia política, o sea, tiene que ser un disidente político, como por ejemplo lo puede ser en la Argentina, el caso de los militares, a los que cuando se produjeron los hechos que hoy motivan los encarcelamientos, la actuación de las Fuerzas Armadas, se consideró legítima. Pasados 30 años, de alguna forma han tomado el poder político, personas que estaban en los grupos enfrentados a los militares en aquel entonces, y han decidido aplicar lo que también se conoce hoy como Derecho Penal del enemigo, que es un Derecho Penal que en realidad no existe, y que consta en aplicar la Ley con una notable, notoria, disminución de las garantías constitucionales, en perjuicio de la persona que es involucrada en el proceso penal como imputada, y que en realidad es escarnecida por los Jueces, que son su enemigo”.
P: Lo que resta saber ahora, Doctor, una vez que nos ha esclarecido acerca de lo qué es un preso político, es si en la Argentina de hoy hay presos políticos …
R: “Sin duda hay presos políticos, y son los grupos que tuvieron alguna participación en la guerra contra la subversión, de parte del Estado, en aquel entonces, lo que significaba que eran representantes de las fuerzas legales. Hoy en día, esas personas que en aquel momento cumplieron con una obligación legal, y que si no cumplían con esa obligación legal, cometían un delito por no cumplir con sus funciones, de Funcionarios, han sido enjuiciados en base a una ingeniería legal que se ideó con mucha posterioridad al hecho de la causa, para poder dar vuelta la cuestión, y poner en prisión y someter a supuestos juicios, que no son para nada juicios, ni son imparciales, ni son llevados a cabo por Jueces designados correctamente, sino que directamente son como linchamientos públicos, donde el imputado no tiene ninguna chance, pero sí tienen la apariencia de proceso judicial. Bueno, se decidió llevarlos a juicio a las personas que combatieron contra la subversión en la década del setenta”.
P: ¿Y no existe acaso la posibilidad de que estos afectados presenten reclamos ante organismos internacionales no vinculados a la política local?:
R: “Tengo bastante estudiado el tema. La cuestión es así: creo que el problema gira en torno a las garantías que están vigentes en el artículo 18 de la Constitución Nacional. Estas garantías son: que nadie puede ser aprehendido sino lo es en virtud de una disposición escrita –escrita, reitero-, por un Juez competente, y también por una ley anterior al hecho de la causa. El Juez competente debe ser designado también con anterioridad al hecho de la causa. En el caso de los militares, no se da, ni la Ley anterior, sino que son todas leyes posteriores, porque se han traído medio de los pelos o de las orejas a los Tratados de Derechos Humanos que se incorporaron a la Constitución Nacional a partir de la reforma. También el Juez ha sido designado con posterioridad al hecho de la causa, lo que permite considerar una Comisión Ad-hoc, para el juzgamiento de ese tipo de delitos, nada más, y entonces las prisiones que determinan estos Jueces, que no son constitucionales ellos, porque, repito, fueron designados con posterioridad al hecho de la causa, y aplican leyes concebidas con posterioridad, o sea “ex post”, las detenciones vendrían a constituir, a mi modo de ver, una especie de privación ilegal de libertad, apoyada en un abuso de autoridad, lo que genera no solamente una posibilidad de recurrir a organismos internacionales, sino que torna al Juez que disponga de esas privaciones ilegales de la libertad, en un potencial delincuente. Pero, además de eso, el Estado Nacional es el responsable civil de los daños y perjuicios que se causen a la persona y a los bienes de las personas que han sido imputadas en base a estos ardides supuestamente legales, que no son legales, al contrario, son ilegales e inconstitucionales, y el Juez va a terminar siendo –porque el péndulo va a llegar al otro extremo nuevamente- responsabilizado civilmente, solidariamente, con el Estado Nacional, y va a tener que responder con sus bienes por este tipo de abuso de autoridad en el que incurren diariamente todos los Tribunales que están juzgando a militares retirados …”.
P: Le agradecemos este importante esclarecimiento, y su participación en nuestro Programa.
R: “Ha sido un gusto …”.
Fuente: ENFOQUES POSITIVOS
Envío de: Oscar Paparello y Alberto Sabatini
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