Publicamos un documento muy completo sobre los haberes (sueldos) del personal militar en situación de retiro (jubilados para la terminología civil).
El mismo constituye una realidad que todo argentino debería conocer, ya que el 40% del personal militar en esa situación, esta en condiciones de indigencia.
Esta situación se debe exclusivamente a la política salarial implementada por el actual gobierno nacional.
Con la misma no solo se busca la destrucción sistemática de este sector, sino también lo hace con las obras sociales ya las mismas funcionan, en lo que a cuota de afiliación se refiere, con un porcentaje de descuento del sueldo del personal.
Recordemos que el personal retirado, pese a las leyes vigentes, hace más de 15 años que no reciben un peso de aumento; es decir las obras sociales, pese a todos los incrementos, mayores costos y devaluaciones, hace más de quince años que no pueden aumentar las cuotas de afiliación.
La población del personal retirado es de aproximadamente 60.000 personas por lo que ese 40% representa 24.000 militares y pensionistas que se hallan en esa situación. Si consideramos al núcleo familiar del sector, ya no serían 24.000 sino aproximadamente 72.000 los que están viviendo en esas condiciones infrahumanas. El gobierno argentino, en los años 2005 y 2006 incrementó los haberes del personal militar en actividad mediante la chicana de aumentar sólo los suplementos particulares que no son extensibles al personal retirado. Así, en el año 2005, incrementó un 23% y en el 2006 un 19%, en tanto los retirados tienen sus haberes congelados desde hace más de 15 años, pese al proceso inflacionario ocurrido, lo que ha degradado de manera inédita sus remuneraciones.
Pero el problema es más grave aún. Los aumentos indicados anteriormente le fueron otorgados al personal en actividad con carácter no remunerativo ni bonificable es decir...para expresarse en términos bien conocidos...EN NEGRO, cuando desde el mismo Estado se persigue a la actividad privada cuando se recurre a este tipo de atajos.
Diversos fallos judiciales, entre ellos algunos de la Corte Suprema han expresado que este procedimiento desnaturaliza el carácter de la remuneración y que el Gobierno no puede -por un decreto- modificar ni alterar lo que establecen las Leyes de la Nación.
Sin embargo, el Gobierno insiste en esta chicana con total impunidad para eludir el incremento a los retirados, quienes deben -por ley- tener sus haberes concordantes con los de actividad. El carácter perverso de esta medida, no sólo afecta a quienes se encuentran en situación de retiro sino también a las Obras Sociales, las que se ven impedidas de recibir los aportes que correspondería efectuar al personal ante un correcto y legal aumento de haberes.
Así se está destruyendo -con este proceder- a las Obras Sociales que agonizan ante la falta de actualización de los aportes, mientras se encarecen continuamente las prestaciones de salud, de los medicamentos y se reduce la calidad de la asistencia, etc.
Para profundizar aun más, el daño se extiende también a la Caja previsional del personal militar puesto que tampoco recibe ninguna actualización de aportes, por haberse incrementado los haberes del personal activo en forma no remunerativa ni bonificable. En el ínterin, los que están en actividad reciben reiterados aumentos salariales en negro y los retirados... ¡nada! Mientras el Gobierno ha remitido el Proyecto de ley de presupuesto para el año 2007, contemplando un reajuste general de los haberes de jubilación y pensiones para los beneficiarios del sistema estatal (ANSES), el personal militar retirado queda marginado.
Para tener una idea del daño producido, podemos agregar que hay muchos casos en que el personal activo percibe mayor monto por los suplementos que por el concepto sueldo, con lo que han transformado lo esencial en accesorio y lo accesorio en esencial al decir de un Fallo de la Corte Suprema. Para una cabal comprensión de esta actitud perversa, cabe mencionar que el Art. 14 bis de la Constitución Nacional Argentina garantiza el derecho de la movilidad de las jubilaciones y pensiones, no haciendo distingo de condición, situación laboral, régimen legal, etc. Es decir, es una garantía para todos los ciudadanos que ha sido y es reiteradamente violada.
Consecuente con esta garantía, la Ley para el Personal Militar (19101) establece que los sueldos del personal en retiro y pensionistas están plenamente vinculados con los sueldos del personal en actividad, con lo que una vez más se pone de manifiesto el derecho de movilidad de los primeros cuando se incrementa el sueldo de los activos.
Para tener una noción acabada de la persistencia del gobierno argentino en contravenir los fallos judiciales que se han dictado sobre las remuneraciones del personal militar, vale recordar lo dictaminado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Franco... Este Alto Tribunal dijo:“Por muy amplias que se juzguen las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo para determinar la compensación de la retribución del personal militar, y el monto de los suplementos que lo complementan, “ellas no alcanzan para transformar la remuneración principal en accesoria ni las remuneraciones accesorias en la principal, mediante el simple arbitrio de designar una parte sustancial de la retribución que regularmente percibe la generalidad del personal en contraprestación por sus servicios militares, como ajena al haber o sueldo de éste”. (Considerando 11º).Para mayor abundamiento, la Corte Suprema se expidió también en un Fallo Caso Arguello Varela afirmando:"Que establecer carácter no remunerativo a una asignación, significa desconocer la evidente naturaleza retributiva del incremento, y alterar de modo sustancial y por vía reglamentaria, la normativa de la ley que rige el haber mensual." No queda entonces duda alguna del reiterado apartamiento de las leyes y de los fallos judiciales por parte del gobierno argentino.
El gobierno argentino está empeñado en una campaña mediática similar a un gran show, para demostrar al mundo que es el campeón en la defensa de los derechos humanos. Sólo un show con luces de colores que encandilan la única realidad. La de una ostensible marginación, oculta y perversa. No puede dejar de mencionarse lo afirmado en el Caso “Lestrade (conf. Sala IV del fuero 7/9/94, que dice: “Los decretos del Poder Ejecutivo, no pueden entrar en colisión con dicha ley, que en ningún momento establece diferencia alguna, con relación a la situación de revista del personal militar, cuando de haberes se trata, y que impone claramente, no sólo el concepto en el cual deben acordarse los haberes al personal en servicio activo, sino también el derecho de los retirados y pensionados al incremento de sus haberes.
Para que no queden dudas del carácter intencional de esta política gubernamental con el sector militar, podemos agregar que, así como el personal activo recibió incrementos en negro en los años 2005 y 2006, los salarios de la función pública aumentaron un 37,59% en el período 4to trimestre 2001 - septiembre 2006, los del sector privado un 117,97% y el no registrado un 51,09 % (datos oficiales de Instituto Nacional de Estadística y Censos- INDEC).
Con estos guarismos, queda demostrado que el sector militar es el único que a nivel nacional ha quedado arbitraria e impunemente marginado. Generalmente, cuando alguien procede con intencionalidad de perjudicar a otra persona, se cuida de que su intención no sea detectada, enmascara su propósito.
Aquí estamos asistiendo a lo contrario: se trata de exponer con toda evidencia esa intencionalidad abusando de un poder que se ejerce con total impunidad.
El mismo constituye una realidad que todo argentino debería conocer, ya que el 40% del personal militar en esa situación, esta en condiciones de indigencia.
Esta situación se debe exclusivamente a la política salarial implementada por el actual gobierno nacional.
Con la misma no solo se busca la destrucción sistemática de este sector, sino también lo hace con las obras sociales ya las mismas funcionan, en lo que a cuota de afiliación se refiere, con un porcentaje de descuento del sueldo del personal.
Recordemos que el personal retirado, pese a las leyes vigentes, hace más de 15 años que no reciben un peso de aumento; es decir las obras sociales, pese a todos los incrementos, mayores costos y devaluaciones, hace más de quince años que no pueden aumentar las cuotas de afiliación.
La población del personal retirado es de aproximadamente 60.000 personas por lo que ese 40% representa 24.000 militares y pensionistas que se hallan en esa situación. Si consideramos al núcleo familiar del sector, ya no serían 24.000 sino aproximadamente 72.000 los que están viviendo en esas condiciones infrahumanas. El gobierno argentino, en los años 2005 y 2006 incrementó los haberes del personal militar en actividad mediante la chicana de aumentar sólo los suplementos particulares que no son extensibles al personal retirado. Así, en el año 2005, incrementó un 23% y en el 2006 un 19%, en tanto los retirados tienen sus haberes congelados desde hace más de 15 años, pese al proceso inflacionario ocurrido, lo que ha degradado de manera inédita sus remuneraciones.
Pero el problema es más grave aún. Los aumentos indicados anteriormente le fueron otorgados al personal en actividad con carácter no remunerativo ni bonificable es decir...para expresarse en términos bien conocidos...EN NEGRO, cuando desde el mismo Estado se persigue a la actividad privada cuando se recurre a este tipo de atajos.
Diversos fallos judiciales, entre ellos algunos de la Corte Suprema han expresado que este procedimiento desnaturaliza el carácter de la remuneración y que el Gobierno no puede -por un decreto- modificar ni alterar lo que establecen las Leyes de la Nación.
Sin embargo, el Gobierno insiste en esta chicana con total impunidad para eludir el incremento a los retirados, quienes deben -por ley- tener sus haberes concordantes con los de actividad. El carácter perverso de esta medida, no sólo afecta a quienes se encuentran en situación de retiro sino también a las Obras Sociales, las que se ven impedidas de recibir los aportes que correspondería efectuar al personal ante un correcto y legal aumento de haberes.
Así se está destruyendo -con este proceder- a las Obras Sociales que agonizan ante la falta de actualización de los aportes, mientras se encarecen continuamente las prestaciones de salud, de los medicamentos y se reduce la calidad de la asistencia, etc.
Para profundizar aun más, el daño se extiende también a la Caja previsional del personal militar puesto que tampoco recibe ninguna actualización de aportes, por haberse incrementado los haberes del personal activo en forma no remunerativa ni bonificable. En el ínterin, los que están en actividad reciben reiterados aumentos salariales en negro y los retirados... ¡nada! Mientras el Gobierno ha remitido el Proyecto de ley de presupuesto para el año 2007, contemplando un reajuste general de los haberes de jubilación y pensiones para los beneficiarios del sistema estatal (ANSES), el personal militar retirado queda marginado.
Para tener una idea del daño producido, podemos agregar que hay muchos casos en que el personal activo percibe mayor monto por los suplementos que por el concepto sueldo, con lo que han transformado lo esencial en accesorio y lo accesorio en esencial al decir de un Fallo de la Corte Suprema. Para una cabal comprensión de esta actitud perversa, cabe mencionar que el Art. 14 bis de la Constitución Nacional Argentina garantiza el derecho de la movilidad de las jubilaciones y pensiones, no haciendo distingo de condición, situación laboral, régimen legal, etc. Es decir, es una garantía para todos los ciudadanos que ha sido y es reiteradamente violada.
Consecuente con esta garantía, la Ley para el Personal Militar (19101) establece que los sueldos del personal en retiro y pensionistas están plenamente vinculados con los sueldos del personal en actividad, con lo que una vez más se pone de manifiesto el derecho de movilidad de los primeros cuando se incrementa el sueldo de los activos.
Para tener una noción acabada de la persistencia del gobierno argentino en contravenir los fallos judiciales que se han dictado sobre las remuneraciones del personal militar, vale recordar lo dictaminado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Franco... Este Alto Tribunal dijo:“Por muy amplias que se juzguen las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo para determinar la compensación de la retribución del personal militar, y el monto de los suplementos que lo complementan, “ellas no alcanzan para transformar la remuneración principal en accesoria ni las remuneraciones accesorias en la principal, mediante el simple arbitrio de designar una parte sustancial de la retribución que regularmente percibe la generalidad del personal en contraprestación por sus servicios militares, como ajena al haber o sueldo de éste”. (Considerando 11º).Para mayor abundamiento, la Corte Suprema se expidió también en un Fallo Caso Arguello Varela afirmando:"Que establecer carácter no remunerativo a una asignación, significa desconocer la evidente naturaleza retributiva del incremento, y alterar de modo sustancial y por vía reglamentaria, la normativa de la ley que rige el haber mensual." No queda entonces duda alguna del reiterado apartamiento de las leyes y de los fallos judiciales por parte del gobierno argentino.
El gobierno argentino está empeñado en una campaña mediática similar a un gran show, para demostrar al mundo que es el campeón en la defensa de los derechos humanos. Sólo un show con luces de colores que encandilan la única realidad. La de una ostensible marginación, oculta y perversa. No puede dejar de mencionarse lo afirmado en el Caso “Lestrade (conf. Sala IV del fuero 7/9/94, que dice: “Los decretos del Poder Ejecutivo, no pueden entrar en colisión con dicha ley, que en ningún momento establece diferencia alguna, con relación a la situación de revista del personal militar, cuando de haberes se trata, y que impone claramente, no sólo el concepto en el cual deben acordarse los haberes al personal en servicio activo, sino también el derecho de los retirados y pensionados al incremento de sus haberes.
Para que no queden dudas del carácter intencional de esta política gubernamental con el sector militar, podemos agregar que, así como el personal activo recibió incrementos en negro en los años 2005 y 2006, los salarios de la función pública aumentaron un 37,59% en el período 4to trimestre 2001 - septiembre 2006, los del sector privado un 117,97% y el no registrado un 51,09 % (datos oficiales de Instituto Nacional de Estadística y Censos- INDEC).
Con estos guarismos, queda demostrado que el sector militar es el único que a nivel nacional ha quedado arbitraria e impunemente marginado. Generalmente, cuando alguien procede con intencionalidad de perjudicar a otra persona, se cuida de que su intención no sea detectada, enmascara su propósito.
Aquí estamos asistiendo a lo contrario: se trata de exponer con toda evidencia esa intencionalidad abusando de un poder que se ejerce con total impunidad.
Una impunidad que el mundo libre debe conocer.
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