1-Apoderados putativos.( Por: Emilio Nazar Kasbo.- Enviado por: Jorge Camacho.)
2-LA OPOSICIÓN TRAICIONA AL PUEBLO ARGENTINO.
(Por: Cosme Beccar Varela-Fuente: "La botella al mar" lbm@labotellaalmar.com)
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1-Apoderados putativos.
Por: Emilio Nazar Kasbo.
Enviado por: Jorge Camacho.
¿Por que nadie reconoce que estamos en guerra contra el imperialismo de Gran Bretaña?
Muchos piensan que la Guerra de Malvinas empezó y terminó en 1982, y se equivocan: no duró 74 días.
Por Emilio Nazar Kasbo
Apoderados putativos.
La Guerra en sí no fue declarada, sino que directamente se produjeron situaciones bélicas entre dos Naciones: una Soberana Argentina y una Pirata Inglesa.
¿Hubo capitulación de Argentina en 1982? No, de ninguna manera. Solamente se rindió el emplazamiento militar que había en Malvinas, pero la Argentina no se rindió. Por tanto, la situación de conflicto bélico continuó al presente, a pesar de la firma del Tratado de Madrid de 1990, suscripto por el entregador Carlos Saúl Menem fruto de las negociaciones del Canciller (y futuro Ministro de Economía argentino) Domingo Felipe Cavallo.
¿Entonces la Guerra de Malvinas dura hasta hoy? Efectivamente, desde el 2 de abril de 1982 hasta el presente estamos en Guerra, vamos por los 28 años de situación de Guerra que no ha cesado jurídicamente.
¿Cómo es que Argentina está en Guerra? Se trata de un principio de Derecho Humanitario y de la autoridad con que se firman las declaraciones de Paz o de Guerra. Un putativo autorizado a la firma de un Tratado como lo fue Menem, carece de poder suficiente para realizar los actos que luego fueron continuados por los siguientes Presidentes, en la supuesta aplicación de una Declaración que es nula de nulidad absoluta.
En 1990 se habían restablecido las relaciones diplomáticas entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña. En tal "Declaración Conjunta" (que no sería ni un Tratado ni un Acuerdo, ni una Capitulación) , es inconstitucional.
Declaración Nula.
Para esclarecer dudas, ut infra se fundamenta jurídicamente lo expresado, a la luz de la ley positiva constitucional que se aplica actualmente.
Nuestra Constitución vigente así como la que regía al momento de firma por Menem y Cavallo, dispone que le corresponde al Congreso declarar la paz o la guerra, pero jamás el Congreso autorizó al Ejecutivo a la firma de semejante "Declaración conjunta" en Madrid, ya que se trata de una cuestión bélica, y este "Tratado" nunca fue analizado, aprobado ni autorizado por el Congreso previamente a su firma, ni ratificado durante la reforma constitucional de 1994.
Expresa la Ley Nº 24.184, en su artículo 1: "Apruébase el Convenio entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno del Reino Unido en Gran Bretaña e Irlanda del Norte para la Promoción y la Protección de Inversiones, suscrito en Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) el 11 de diciembre de 1990, que consta de catorce (14) artículos, cuya copia autenticada en idioma español forma parte de la presente ley".
Tal aprobación resulta improcedente, ya que no se trata de un acuerdo comercial sino de un pacto con una nación con la cual se mantenía (y además se mantiene) una situación bélica, y por tanto la autorización debe ser previa. Resulta ilógico realizar una "declaración conjunta" en la que se abordan cuestiones comerciales sin una habilitación previa al cese del conflicto bélico por el Congreso de la Nación, según lo dispone la Constitución Nacional.
Por otra parte, ha quedado inmodificado el art. 27 de la Constitución tras la reforma de 1994, y según el mismo "El Gobierno Federal está obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en conformidad con los principios de derecho público establecidos en esta Constitución" .
La Soberanía Nacional se encuentra en juego, y previo a "afianzar las relaciones de paz y comercio" con una potencia extranjera con la cual se mantiene un conflicto, se debiera poner fin al mismo. Un acuerdo de contenido comercial que además se parece a una rendición incondicional con una potencia extranjera, viola los "principios de derecho público", y por tanto la Soberanía propia, convirtiendo a nuestro país en un botín.
Tras la reforma constitucional de 1994, el art. 67 inc. 21 se convirtió en el art. 75 inc. 25, pero sin modificación del texto: ""Corresponde al Congreso... Autorizar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o hacer la paz". El Congreso jamás otorgó autorización alguna al Poder Ejecutivo, que debe ser previa, y por tanto cae como nulo de nulidad absoluta el acuerdo firmado por Menem y Cavallo con Gran Bretaña.
Luego, tal Tratado, Acuerdo o Declaración, carece de ejecutividad alguna, ya que tiene un vicio grave que impide su ejecución. Estamos en Guerra.
¿Y ahora qué hacemos?
Si esto es así, cabe la pregunta acerca del presente y el futuro nacional.
En primer lugar, lo expresado significa que en 1982 se rindió la plaza de Malvinas en el marco del conflicto bélico, no la Argentina (como muchos argentinos desinformados pretendieron, siguiendo la propaganda inglesa).
El conflicto bélico, la Guerra de Malvinas, no era "entre las Islas Malvinas y Gran Bretaña", sino entre Argentina (todo el territorio nacional soberano) e Inglaterra. Y esta es la clave del problema. Para que Gran Bretaña ganara la Guerra de Malvinas, debía invadir el continente y apoderarse del Gobierno en Buenos Aires por la fuerza, cosa que no realizó.
El Gobernador de las Islas Malvinas en 1982 no tenía ni competencia ni jurisdicción para conceder una rendición de la Argentina, que en su caso corresponde al Gobierno Federal.
El nombre asignado a la guerra produce una mayor confusión, porque en realidad no es "la Guerra DE Malvinas" (que podría llamarse así en tono coloquial), sino "la Guerra POR Malvinas" (es decir, por la recuperación de la Soberanía en el territorio usurpado por los piratas extranjeros) .
Inglaterra fue vencida el día 2 de abril de 1982 en sus pretensiones de posesión con raíz usurpatoria, pero no ganó la Guerra, ya que la misma es continuada a la fecha. Uno de los discursos de Galtieri tras la rendición de la plaza bélica de Malvinas ratifica lo expresado: la Guerra continúa en y desde el territorio continental, ya que el insular malvinense volvió a ser usurpado.
Pero el desánimo y la incomprensión, sumado al exitismo del 2 de abril y al derrotismo de la "desmalvinizació n", se produjo con la mezcla de otras cuestiones a raíz de las malas medidas liberales y autoritarias de los Gobiernos de Facto. La crítica sistemática contra las Fuerzas Armadas tras la rendición de la plaza bélica de Malvinas, hizo creer falsamente que la Argentina toda había capitulado, y en el medio de las críticas a los excesos y malas medidas de los Gobiernos de Facto se sumaron las críticas por Malvinas.
La desmalvinizació n tuvo su punto culminante en la inicua Declaración de Madrid de 1990, y la virulencia en las críticas a las Fuerzas Armadas derivó en su virtual desaparición a partir del 25 de mayo de 2003, fecha en que asumió Néstor Kirchner la presidencia, y continúa al presente en manos de su esposa. La entrega de la Nación entera como botín se hizo de manera pacífica, ante la pasividad de toda la población hasta el presente, dejando todo arrasado, y arrastrando a la población a las más bajas pasiones en las que se revuelca en medio de la miseria espiritual, moral y material. Un fiasco irreconocible tras el paso de años de oscurantismo "democrático" que lo único que sabe ofrecer al pueblo es "pan y circo", o "plan social y vómito televisivo", que es lo mismo.
Si estamos en Guerra contra una Potencia Extranjera, cual es Gran Bretaña ¿dónde están las Fuerzas Armadas que tienen que actuar, al menos como factor disuasivo?
Y el llamado primero no es a las armas, ni a matar a nadie, ni a salir a los tiros. El llamado primero es a elevar la mirada hacia la Tradición de cada familia argentina, viendo a los abuelos y bisabuelos, que al percibirla se verá como una Patria católica y patriota, a la que se debe regresar. El llamado es a recuperar el alma, el espíritu de la Caridad Católica, la solidaridad y hospitalidad propia del gaucho, a reconstruir todo lo que ha sido arrasado, a levantarse para sostener la dignidad del trabajo y todo aquello que se deriva de las enseñanzas del Magisterio Tradicional de la Iglesia Católica y de su Doctrina Social. Y que el invasor extranjero colonialista se retire de nuestro territorio inmediatamente, cesando en su dominio económico y cultural, otorgando a la Argentina el trato de una Nación igualmente digna de trato Soberano.
Pero estas cuestiones exceden el marco del análisis sobre la situación de Malvinas y del país entero. Sólo cabe una reacción nacional inversa a la que se produjo: rescatar la Soberanía en el territorio continental argentino para luego extenderla a la Antártida, Malvinas e Islas del Atlántico Sur.
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2- LA OPOSICIÓN TRAICIONA AL PUEBLO ARGENTINO
Por: Cosme Beccar Varela.
Fuente: "La botella al mar"
LA OPOSICIÓN TRAICIONA AL PUEBLO ARGENTINO .
La oposición, que se jacta de dominar las dos Cámaras del Congreso, es una bolsa de gatos, pero de gatos de albañal.
No existe unidad alguna entre ellos, a no ser para oponerse al uso de las reservas del Banco Central que el gobierno ordenó por el decreto 2010/09 transferir al Tesoro para pagar deuda pública. Parecería que ese es al asunto más importante que hay en el país y los diarios "serios" contribuyen a crear esa impresión publicando casi todos los días en primera página las vueltas y volteretas que dan los políticos en torno a él.
Primero fue Redrado -un camaleón peronista que estuvo en todos los gobiernos sin hacerle ascos a nada-, quien, de repente, se negó a cumplir el decreto 2010/09 alegando que en su carácter de custodio de la autonomía del Banco Central, él no podía permitir ese atropello. Lo curioso es que permitió muchos otros atropellos sin decir ni pío, de manera que ninguna persona seria creyó en la sinceridad de ese súbito brote de legalismo. Y cayó estrepitosamente.
La Sra. de Kirchner inauguró las sesiones del Congreso el 1 de Marzo; en las narices de la oposición y con el desparpajo que la caracteriza, anunció que había derogado el decreto-ley 2010/ 09 y lo había substituido por el decreto-ley 208/10 (llamado en la jerga política "decreto de necesidad y urgencia" o "DNU”, para abreviar) y el decreto 207/10 que disponen más o menos lo mismo que el 2010/09.
Casi al mismo tiempo que ella hablaba, la nueva Presidente del Banco Central transfería u$s4.383 millones de las reservas al Tesoro para pagar deuda pública, como disponían los decretos 207 y 208 del PE.
Los opositores se rasgaron las vestiduras y pusieron el grito en el cielo como si ese acto fuera el máximo atropello cometido por los Kirchner desde que usurparon el poder en el 2003. Los diarios "serios" se hicieron eco de esa gritería y le dedicaron páginas y páginas al asunto todos los días del mes de Marzo. (Esos mismos diarios, cada vez que un verdadero opositor les manda una "gacetilla" o alguna declaración se niegan a publicarla, alegando que "no hay espacio", pero a eso no le llaman "censura").
Hubo dos sesiones fracasadas del Senado porque Menem, supuesto enemigo de los Kirchner, no apareció. Y ayer fracasó la de los diputados porque un juez Lavié Pico resolvió anular la elección de la Comisión Bicameral que había emitido el dictamen que iba a tratarse en la Cámara baja. Decisión inaudita y disparatada que la tropa opositora multicolor aceptó con protestas pero sin atreverse a mandar a las hortigas la insólita decisión judicial. Sus integrantes ni siquiera saben cómo funciona la división de los poderes según la Constitución. Son cobardes, ignorantes o vendidos, pero sobre todo, muy poco interesantes.
Entre tanto, al héroe inventado de la nada, o sea, al vicepresidente Cobos, no se le ocurre otra cosa que "apelar" el disparate del juez Lavié Pico, con lo cual el Congreso, a través de su máximo vocero, está consintiendo el absurdo. Esa resolución es más o menos como si el Juez Lavié hubiera ido al Congreso con un palo a pegarle a cada diputado en la cabeza. Tan "de facto" serían esos palazos como su inaudita resolución .
Y hoy "La Nación" anuncia en primera página con enorme título: "Surgen dudas en el Central sobre el uso de las reservas". Ahora bien, leyendo la noticia, resulta que eso no es de ayer sino de hace rato porque dice que es "un debate que se está dando por estos días en la entidad" ("La Nación", 19/3/2010, pag. 1). Si fuera verdad que este asunto de las reservas tiene la importancia que le dan al unísono los políticos, la prensa, los politicólogos y el gobierno, un debate así debió ser conocido apenas empezó. Y resulta que leyendo más se descubre que, en realidad, el Banco Central, por el art. 20 de su Carta Orgánica (ley 24.144) SÍ puede hacer adelantos al Tesoro. ¿En qué quedamos?
* * *
Termino ya este breve resumen del disparate en que está trenzada la oposición con el gobierno porque es eso y nada más. O sea, una tormenta en una bañadera en la cual se ahogan los "brillantes" opositores mientras que el gobierno flota con total desprecio de esa banda de farsantes.
Lo espantoso del caso es que este tema que absorbe a la oposición, NO TIENE NINGUNA IMPORTANCIA al lado de otras ilegalidades y canalladas muchísimo más graves que está cometiendo este gobierno que, en realidad, es una tiranía porque se sirve a sí mismo y a sus siniestros fines con total ignorancia del bien común.
* * *
La primer obligación que tienen los opositores, si son sinceramente tales, es iniciarle el juicio político a la presidente y a todos sus ministros por la vehemente sospecha de haber cometido varios delitos que son del conocimiento público. Sólo quiero resumir, brevemente algunos de ellos, ya enumerados por la Asociación Patriótica y en este periódico:
1.- Enriquecimiento ilícito ($28.000.000 en el 2008) art. 268 del Código Penal (CP). Por este enriquecimiento y en virtud del art. 36, 5to. párrrafo de la Constitución de 1994, la Sra. de Kirchner está inhabilitada a perpetuidad para ocupar cualquier cargo público, con mayor razón el de Presidente de la Nación.
2.- Traición a la Patria cometida reiteradamente en violación del art. 29 de la CN y del art. 227 del Código Penal, para gobernar de acuerdo a su sola voluntad con poderes extraordinarios..
3.- Ejercer presión sobre los jueces para que condenen a militares (art. 226 CP) y para que no continúen los procesos contra funcionarios de su gobierno o partidarios suyos.
4.- Violación del juramento prestado de “hacer observar fielmente la Constitución” y las leyes (art. 93 CN) cuando ha permitido a los piqueteros la violación de los derechos consagrados en el art. 14 de la CN y la comisión de innumerables delitos. No protege a la población contra la delincuencia y ha descuidado hasta su casi destrucción los hospitales lo cual causa terribles sufrimientos y muertes, especialmente entre los más pobres (arts. 249 y 274 CP) .
5.- Violación del art. 17 de la CN al estatizar los fondos de los empleados que aportaban a las AFJP y malversación de esos fondos (art. 260 CP). Desobediencia a sentencias judiciales que ordenaban cumplir las obligaciones del Estado con los jubilados demandantes (art. 239 CP y 248 CP por no hacer cumplir la ley).
6.- Haber violado la obligación de afianzar las relaciones internacionales y puesto en peligro la paz de la Nación, manteniendo el ilegal e injusto corte del Puente Internacional de la Argentina con el Uruguay y al acompañar un vuelo sobre Honduras, en apoyo al usurpador ex presidente Zelaya, en un avión extranjero provisto por el tirano Chavez. (art. 219 CP).
7.- Malversación de fondos públicos mediante la realización, o autorización a parientes y amigos para que realicen, innecesarios y costosos viajes al exterior, por puro placer personal usando bienes del Estado (art. 261 CP).
8.- Designación y/o mantenimiento como ministros, secretarios de estado y/o funcionarios a personas sospechosas de graves delitos o condenadas por ellos (casos De Vido, Garré, Aníbal Fernandez, Boudou, Guillermo Moreno, que públicamente se jactó de contar con una banda de individuos que "rompen espaldas y hacen saltar ojos"); falsificación de los índices publicados por el INDEC despojando tenedores de bonos ajustables (art. 253 CP).
9.- Encubrimiento de los actos ilícitos de los funcionarios de su gobierno (contrabando de u$s800.000 en la “valija de Antonini”, p.e.). Hubo omisión de denuncia y de persecución de los culpables con el agravante de que los mantiene o mantuvo en sus cargos o en otros (art. 277 y 253 CP).
10.- Complicidad con el prevaricato y retardo de justicia por parte de los jueces en el caso de los militares que su gobierno mantiene secuestrados (arts. 269, 270 y 273 CP). De esos secuestrados ya han muerto 80 vilmente maltratados.
11.- Dejar inerme a la Nación desarmando a las FFAA y destruyendo su moral mediante arbitrarias destituciones de jefes militares (art. 248 del CP).
12.- Además de esto, la Sra. Kirchner ha usurpado el cargo presidencial, al igual que su marido en el 2007 por violación del art. 91 de la CN (versión 1994) ya que su período de gobierno terminó el 25/5/2007 y se mantuvo en el cargo (ilegítimamente adquirido) hasta Diciembre del mismo año en que se lo entregó a su cónyuge tras elecciones ilegalmente convocadas y fraudulentas.
* * *
Estos asuntos son inmensamente más graves que la confusa saga de las reservas del Banco Central. De ellos la oposición no se ocupa. Por lo tanto, es evidente que no se “opone” sin que colabora por acción y omisión con la tiranía.
Es una oposición traidora.
Cosme Beccar Varela.
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