RECOPILADO Y ENVIADO POR: EL “ARCHIDUQUE”
MACRI PUEDE DISPONER QUE LA PRISIÓN DE UN DETENIDO SE CUMPLA EN SU CASA POR RAZONES GRAVES, carta de Hugo Garavelli y contestación
19 de julio de 2016
Señor Dr Cosme Beccar Varela :
Nro. 1440 "Falsas esperanzas..."
Con respecto al tema de los militares ya septuagenarios para arriba, encarcelados a quienes se les priva de la prisión domiciliaria, que ni al odontólogo Barreda (N: que asesinó tres mujeres de su familia) se le ha negado, creo que la responsabilidad de Macri puede ser la de la real falta de poder como creo ha sucedido en otras circunstancias con otros presidentes, aunque esa faltas de poder no parecen impedir la potestad de endeudar al país y comprometer su futuro, o hasta para confiscarnos nuestros bienes, una falta de poder que muchos presidentes trataron de ocultar.
Desde ya, es solo una presunción mía, de lo que no tengo seguridad. Esa falta de poder se ve en otras cosas, como las 100 ollas populares que organizó una agrupación social hoy sin que la Ministra de Seguridad pudiese impedir los obstáculos que al libre transito ocasionasen.
Desde ya, jamás crei que la inseguridad que vivimos pudiese solucionarse creando esos puestos públicos, pero no hay dudas que la inseguridad es un hecho que permite un pretexto para crearlos. Yo supongo si da la orden de conceder esas prisiones domiciliarias los jueces decretarían que son "inconstitucionales" y directamente volverían a encarcelarlos. Advierto entonces que el tema es mucho mas grave que lo que puede suponerse pues las "instituciones de la democracia" habrían terrminado por destruir hasta el sentido común y el orden natural.
Muchos saludos
Hugo Garavelli
19 de julio de 2016
Señor Dr Cosme Beccar Varela :
Nro. 1440 "Falsas esperanzas..."
Con respecto al tema de los militares ya septuagenarios para arriba, encarcelados a quienes se les priva de la prisión domiciliaria, que ni al odontólogo Barreda (N: que asesinó tres mujeres de su familia) se le ha negado, creo que la responsabilidad de Macri puede ser la de la real falta de poder como creo ha sucedido en otras circunstancias con otros presidentes, aunque esa faltas de poder no parecen impedir la potestad de endeudar al país y comprometer su futuro, o hasta para confiscarnos nuestros bienes, una falta de poder que muchos presidentes trataron de ocultar.
Desde ya, es solo una presunción mía, de lo que no tengo seguridad. Esa falta de poder se ve en otras cosas, como las 100 ollas populares que organizó una agrupación social hoy sin que la Ministra de Seguridad pudiese impedir los obstáculos que al libre transito ocasionasen.
Desde ya, jamás crei que la inseguridad que vivimos pudiese solucionarse creando esos puestos públicos, pero no hay dudas que la inseguridad es un hecho que permite un pretexto para crearlos. Yo supongo si da la orden de conceder esas prisiones domiciliarias los jueces decretarían que son "inconstitucionales" y directamente volverían a encarcelarlos. Advierto entonces que el tema es mucho mas grave que lo que puede suponerse pues las "instituciones de la democracia" habrían terrminado por destruir hasta el sentido común y el orden natural.
Muchos saludos
Hugo Garavelli
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CONTESTACIÓN
20/7/2016
Estimado amigo:
Si Macri no tiene poder es porque no quiere usar el que tiene por la Constitución, por ejemplo, para indultar. Por lo tanto, no tiene excusa y si persiste en esa inacción cobarde, debería renunciar porque estaría reconociendo que no es idóneo para el cargo, como lo exige el art. 16 de la Constitución Nacional.
En cuanto a eso de que un Juez puede declarar “inconstitucional” una decisión política del PE es muy dudoso. Hay jurisprudencia en abundancia que sostiene que el Poder Judicial no puede juzgar las decisiones políticas del PE. Y la prisión domiciliaria resuelta con su poder de Carcelero Mayor (que eso es el Presidente en este caso) a un hombre que si se queda en la cárcel, muere, no puede ser discutida por los Jueces. No implica la liberación ni la revocatoria de ninguna sentencia sino apenas la elección del lugar de detención por razones de política carcelaria.
Además, la Constitución en su artículo 18 hace responsables a los jueces que permitan sufrimientos innecesarios a los presos, cuanto más, la muerte. Luego un Juez no puede exigir que se deje a un preso en condiciones de morir impidiendo al PE resolver su traslado a prisión domiciliaria. Esa exigencia sería nula de nulidad absoluta. Y el PE no está obligado a obedecerla.
Además si algún juez violara esa norma del art. 18 de la CN, además de las varias prevaricaciones anteriores, debería ser destituido de inmediato por juicio político iniciado por el PE.
Cordiales saludos
Cosme Beccar Varela
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